LEY DE TRANSITO: CUANDO ENCENDER BALIZAS

Muchas veces se discute sobre cuando se deben encender las balizas y cuando usar luz de giro. Pues en realidad es muy simple, pero rara vez se usa correctamente. Muchos la utilizan para ingresar al garage de su casa, o cuando el tráfico se pone denso. En ninguno de esos casos debería utilizarse ya que para ello existen otras luces a ser utilizadas. (la de giro para doblar en el garaje o esquina y la de frenos para indicar que se está deteniendo el vehículo). Las balizas intermitentes de emergencia se deben utilizar ÚNICAMENTE cuando el vehículo está detenido en zona peligrosa (en medio de la ruta por roturas o accidente, en la banquina, segunda fila, etc..) o cuando va a ejecutar una maniobra riesgosa permitida (por ejemplo: marcha atrás)






La ley 24.449 dice textualmente:

ARTICULO 47.-USO DE LAS LUCES. En la vía pública los vehículos deben ajustarse a lo dispuesto en los ARTÍCULOS 31 y 32 y encender sus luces cuando la luz natural sea insuficiente o las condiciones de visibilidad o del tránsito lo reclamen, observando las siguientes reglas:
a) Luz baja: su uso es obligatorio, excepto cuando corresponda la alta y en cruces ferroviales;
b) Luz alta: su uso es obligatorio sólo en zona rural y autopistas debiendo cambiar por luz baja en el momento previo al cruce con otro vehículo que circule en sentido contrario, al aproximarse a otro vehículo que lo precede y durante la noche si hubiere
niebla;
c) Luces de posición: deben permanecer encendidas junto con la alta o baja, la de la chapa-patente y las adicionales en su caso;
d) Destello: debe usarse en los cruces de vías y para advertir los sobrepasos;
e) Luces intermitentes de emergencia: deben usarse para indicar la detención en zona peligrosa o la ejecución de maniobras riesgosas;
f) Luces rompenieblas y de retroceso: deben usarse sólo para sus fines propios;
g) Las luces de freno, giro, retroceso e intermitentes de emergencia se encienden a sus fines propios, aunque la luz natural sea suficiente.
---------
Ley 24449 completa aqui: 

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Muchas gracias por dejar tu aporte en estas paginas.

espacio publicitario rotativo

Espacio publicitario